La Junta Electoral de Tucumán dio a conocer los montos que cobrarán las autoridades de mesa y los delegados de la Junta en las elecciones del 14 de mayo. Por esa fundamental tarea, reciben un pago en concepto de viáticos, y otro también por la participación en las capacitaciones previas. Por el lado de las autoridades de mesa, que contempla a un presidente y un vocal por cada mesa, el monto pactado, por las tareas realizadas el día de los comicios, es de $ 10.000.
A su vez, en el caso de participar en las capacitaciones que se realizarán en el transcurso de los próximos 30 días, podrán cobrar otros $ 5.000. Para eso es necesario poder acreditar la concurrencia al curso de capacitación.
Por su parte, los delegados de la Junta Electoral, cargos que serán ocupados por los directores de los establecimientos escolares donde se votarán, según aclaró la propia Junta, percibirán $ 20.000 por su trabajo el día de los comicios, además de otros $ 10.000 por la concurrencia obligatoria al curso de capacitación.
A tener en cuenta
En cuanto a los cursos de capacitación, la Junta anunció que se comenzarán a dictar hoy hasta el viernes previo a la elección, el 12 de mayo. En San Miguel de Tucumán, se dictarán cuatro capacitaciones por día (en días hábiles), con una duración de una hora cada una. Por su parte, en el interior se dictará un curso en los lugares que cada municipalidad ponga a disposición; las fechas y horarios se anunciarán oportunamente, dijo la Junta.
Además, también recordó las sanciones en caso de ser convocados a cumplir un papel como autoridad de mesa, y no realizar efectivamente la tarea. “El Código Nacional Electoral (CNE) establece como sanción la pena de prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creado por esta ley que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieran abandono de ellas”, remarca.
La excusación de quienes resultaren designados se deberá formular dentro de los tres días de notificados, y únicamente podrán alegar razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas. Transcurrido ese plazo, solo podrán excusarse por causas sobrevinientes, las cuales serán objeto de consideración de la Junta Electoral
En caso de enfermedad, para justificarla sólo se tendrán en cuenta “los certificados expedidos por médicos de los Centros asistenciales Públicos”. La lista de esos profesionales será difundida oportunamente, concluyó la Junta Electoral.